El 27 de noviembre de 2009 se aprobó en el Consejo de Ministros el anteproyecto de ley de Economía Sostenible, en el que se recogen varias reformas estratégicas, basadas en 3 ejes principales de actuación: Mejora del entorno económico, Competitividad y Sostenibilidad medioambiental.
Con la información disponible hasta la fecha, se promueven sendas medidas que afectan a los porcentajes de deducción por innovación y al límite máximo de la deducción. Se pueden considerar positivas, no obstante se ha desaprovechado la oportunidad de recoger varias de las propuestas que se han ido formulando en el último año, en favor de la mejora fiscal en materia de I+D.
A continuación exponemos en qué afectan estas medidas propuestas a la fiscalidad de la I+D.
- Se incrementa el porcentaje de deducción en el Impuesto sobre Sociedades para proyectos de Innovación tecnológica, del 8% actual al 12%.
- Se incrementa el límite máximo de la deducción, expresada como porcentaje de la cuota íntegra minorada, hasta el 60% cuando el importe de la deducción exceda el 10% de la cuota íntegra del ejercicio. Recordemos que actualmente este límite se encuentra en el 50%.
Se ha hecho un esfuerzo por primar las actividades innovadoras, cuyo trato fiscal resulta menos interesante con respecto a las actividades de I+D, sin embargo, si es nuestro deseo impulsar el desarrollo de I+D propia en España, dejando de ser importadores de nuevos productos o tecnologías ya existentes, sería interesante recuperar al 100% los porcentajes originales respecto a Investigación y desarrollo.
Además, en respuesta al nuevo contexto mundial, las empresas españolas hacen importantes esfuerzos en innovación empresarial, organizativa y de procesos. Estas actividades también deberían encontrar su reflejo en las nuevas medidas fiscales.
Se han quedado en el tintero algunas ideas interesantes que hubieran podido incorporarse activamente a esta nueva ley.
